TAF

El Gobierno de la Nación dispuso que las distribuidoras de gas de todo el país deberán emitir a partir del día de hoy las facturas por los consumos de los usuarios residenciales que corresponden a los meses de julio, agosto y septiembre, como alternativa  de pago en cuatro cuotas.

Por lo tanto, las facturas de los meses de invierno se podrán abonar hasta octubre, cubriendo el 50% y hasta noviembre la otra mitad.

La decisión se emitió hoy en el del Boletín Oficial por medio de un comunicado del Ente Nacional Regulador del Gas, que instruye a las prestadoras del servicio que distribuyen,  a que en las facturas que se emitan a partir del 25 de agosto de 2017 y hasta el 31 de octubre de 2017, deberán contemplar un diferimiento de pago del 50% de su total de liquidación correspondiente al período de facturación, sin aplicar intereses.

La medida no alcanzará a usuarios beneficiarios de la Tarifa Social, toda vez que los mismos reciben una bonificación del 100% del precio del gas natural incluido en la tarifa, ni a los usuarios con consumo cero en el período de facturación.

Según informaron desde Ecogas el objetivo de esta medida es quitar peso a las facturas de estos meses que corresponden a los meses de invierno y fueron de mayor consumo.

La medida alcanza a todos los usuarios residenciales de las distribuidoras del país, incluyendo a las provincias de Mendoza, San Juan y San Luis.

Por Redacción