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El gobierno de la Nación tiene un nuevo plan para regularizar la situación de alrededor de 200 mil automóviles y motocicletas que circulan por el país sin papeles correspondientes.

Actualmente son un promedio de 200.000 vehículos los  que transitan por el país sin sus documentos correspondientes. Incluso en la Dirección Nacional de los Registros Nacionales del Automotor y de Créditos Prendarios (Dnrpa), del Ministerio de Justicia, estiman que el 40% de los rodados que se transfieren no se venden en forma directa, sino que cuentan con el famoso formulario firmado 08 a un intermediario formal o informal.

En ese marco, para acabar con dicha irregularidad, la Dnrpa lanzará el próximo 8 de octubre la "cédula provisoria",  con el objetivo de un encuadramiento legal a los vehículos que hoy no lo tengan.

Según informó el medio La Nación, se trata de una cédula legal (como la verde o la azul). La misma  servirá para circular sin impedimentos, pagar los impuestos sobre el bien y ofrecer la seguridad de que el titular es poseedor del auto o la moto registral. También aclara que en caso de accidentes se dará certidumbre jurídica sobre la responsabilidad civil.

Oscar Agost Carreño, subdirector de la Dnrpa, indicó: “Hemos digitalizado y simplificado el registro automotor, bajamos los costos y ahora queremos regularizar unos 200.000 autos y motos, para que sus poseedores puedan circular legalmente y hasta ser dueños".

Este documento contará con las limitaciones que tienen relación con la condicionalidad de otorgamiento: no podrá ser utilizada por terceros y será obligatoria la renovación cada año.

Características

– El trámite tendrá un costo de $670.

– En el caso de quienes tengan en su poder un auto o una moto, pero no cuenten con el 08 firmado para inscribir la transferencia a su nombre, podrán presentarse ante el registro del automotor donde se encuentra radicado el mismo y denunciar la situación.

– El trámite puede iniciarse digitalmente en www.dnrpa.gov.ar. Allí se sacará turno y se presentará una verificación policial y la documentación requerida:

Título y cédula o denuncia.

Manifestación de extravío.

Constancia de no registrar deudas del impuesto a la radicación de los automotores.

Declaración jurada donde se detallen las circunstancias donde adquirió el automotor.

Todo elemento que acredite la adquisición.

Formulario 08 digital con la firma de la parte compradora.

– Este trámite puede hacerse además personalmente en el registro o a través de un mandatario matriculado.

– Verificado todo en el registro, se enviará por correo electrónico una constancia electrónica de posesión (CEP), una certificación que da fecha cierta a la posesión y permitirá contar con una prueba central ante un posible juicio de usurpación.

– Se emitirá una cédula con vigencia de un año que no podrán usar terceros, se comunicará la inscripción a los órganos fiscales y enviará una carta documento o mail a fin de notificar al titular registral del trámite inscripto para que firme el 08 o se oponga. Si éste firma, se procederá con la transferencia.

– Al momento de renovar la cédula provisoria deberá presentarse otra verificación.

– En caso de contar solo con una denuncia de venta previa, se realizará automáticamente una transferencia ordinaria si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador al que ahora presenta una denuncia de compra o posesión.

– Se hará una transferencia condicional, si el titular registral hubiese hecho en forma previa una denuncia de venta declarando como comprador a una persona distinta de la que ahora presenta una denuncia de compra o posesión, y si no existiesen impedimentos para transferir se inscribirá la transferencia con carácter condicional por el plazo de 24 meses.

– Vencidos ese plazo quedará firme.

 

Fuente: LN-Medios