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Muchos jubilados y pensionados reclamaron por una serie de descuentos que sufren en sus haberes, pese a que nunca fueron solicitados.

ANSES estableció un período límite para confirmar si la quita que se aplica al monto total se realiza de modo correcto o si en realidad, se trata de estafas o fraudes.

El organismo previsional estableció que hasta el martes 30 de octubre, los jubilados y pensionados que tengan algún descuento en sus ingresos deberán corroborar que las bonificaciones se apliquen de forma correcta.

De esta manera la ANSES también busca reforzar los controles sobre cooperativas y mutuales de créditos que aplican dichos descuentos en forma directa del recibo mensual de los mayores. Según un comunicado del organismo previsional, desde 2009 y hasta ahora se dio de baja de ese registro a 137 entidades y ahora hay otras 50 que están en proceso de quedar inhabilitadas.

El único descuento que debe figurar en el recibo mensual es el que financia al PAMI (un aporte del 3% de la mínima, que desde este mes tiene su base en $8.637). Y para quienes perciben un salario mayor se calcula el 3% sobre el mínimo y un 6% sobre el monto excedente. Por ejemplo, a quien tenga un ingreso de $10.000 se le restan $340,9. En el caso de los ingresos más altos también pueden estar restados los montos del impuesto a las ganancias.

Al margen de esos descuentos pueden estar los de las cuotas derivadas de créditos otorgados por la propia ANSES (antes llamados Argenta).

Además la ANSES recordó que dejará de aplicar descuentos extras que no hayan sido confirmados antes del 30 de octubre.

Los jubilados y pensionados que en su recibo de haberes detecten que están pagando una mutual o cooperativa bajo los conceptos de cuota social o servicio especial (no relacionado a un crédito) sin su consentimiento, deberán hacer la ratificación del descuento, en el caso de quienes tengan una operación de crédito vigente o paguen alguna cuota social por la vía del descuento del haber jubilatorio

Ante cualquier duda, los afectados pueden recurrir a www.anses.gov.ar, en la opción Terceras Entidades, sección Reempadronamiento Mutuales. También vía telefónica, llamando al 130 de 8 hs a 20 hs (opción 5 y luego 6) o de forma personal, en cualquier oficina de ANSES, sin turno previo.

Fuente: Medios