TAF

Con solo realizar una declaración jurada, los beneficiarios de Anses podrán acceder a esta prestación rápidamente.

La Prestación Básica Universal Obligatoria (PBU)  fue creada para los servicios de telefonía fija o móvil, Internet y TV por cable y ya está en vigencia desde el 1 de enero.

En este caso, a través de la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20 los beneficiarios podrán tener Internet por $600.

El objetivo es promover nuevos derechos a los ciudadanos de una forma rápida y eficaz. Muchas personas podrán acceder a esta tarifa diferencial, solo que para ser admitido primero se deberá completar una declaración jurada a través del sitio web oficial de ENACOM, la empresa prestadora del servicio.

En la publicación en el Boletín Oficial se especifica que la resolución 1467/2020  del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) tiene el objetivo con esta PBU de: "posibilitar el acceso de la totalidad de los habitantes de la República Argentina los servicios de la información y las comunicaciones en condiciones sociales y geográficas equitativas, con los más altos parámetros de calidad".

Beneficiarios que pueden acceder al PBU

  • Los clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
  • Los beneficiarios de programas sociales, sus hijos y/o tenencia de entre 16 y 18 años.
  • Aquellos usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
  • Las asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta. 
  • Las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social sin cobrar.
  • Los usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social como también sus hijos y/o tenencia de entre 16 y 18 años.
  • Todos aquellos usuarios que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos y/o tenencia de entre 16 y 18 años.
  • Los beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
  • Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($20.587,50 cada uno).
  • Las asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley N° 25.054 que se encuentren registrados en los términos de dicha Ley.

Los servicios que garantiza la PBU

Según la resolución establecida por Enacom, se deberán garantizar los siguientes servicios:

  • Telefonía móvil.
  • Paquetes de datos.
  • Telefonía fija.
  • Internet domiciliario.
  • Televisión por cable.

Para acceder a cualquier otro beneficio de Anses virtual ya se pueden conocer los trámites que se encuentran disponibles.

Para este beneficio los usuarios pueden ingresar y descargar de la web de Enacom el formulario  para completar todos los datos que se requiere. Si bien el formulario es informativo y no es un trámite, ayuda  ante la posibilidad del incumplimiento de las empresas que prestan los servicios. 

Fuente: MDZ