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A partir de este lunes, España flexibiliza las medidas de entrada a su territorio. Así, el 7 de junio entra en vigor la nueva normativa que tiene como principal novedad la apertura de los viajes por turismo desde países extracomunitarios destinada a personas que cuenten con certificados de vacunación, pero que reúnan determinadas condiciones. Los vacunados de Sputnik deberán esperar.

A fines de mayo, el presidente Pedro Sánchez autorizó la entrada a España a partir del 7 de junio a todas las personas vacunadas contra el coronavirus con las dosis aprobadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), lo que no incluye la vacuna rusa Sputnik V, una de las más utilizadas en la Argentina. Pero se especula que en los próximos días se libere el acceso también a quienes hallan sido inoculados con el componente ruso.

Las condiciones
Según aclaró la Consejería Española de Turismo a través un comunicado, se permitirá la entrada de personas de países extracomunitarios que cuentan con un certificado de vacunación expedido por las autoridades competentes del país de origen a partir de los 14 días posteriores a la fecha de administración de la última dosis necesaria para completar el ciclo de vacunación.

En estos momentos las vacunas autorizadas para entrar al territorio español son las producidas por Pfizer-Biontech, Moderna, AstraZeneca, Jansen/Johnson&Johnson, Sinovac y Sinopharm.

Además de las naciones pertenecientes a la Unión Europea, los países que podrán viajar sin necesidad de prueba diagnóstica ni certificado de vacunación o inmunidad son Australia, Israel, Japón, Nueva Zelanda, Ruanda, Singapur, Corea del Sur, Tailandia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, China y las regiones administrativas especiales de Hong Kong y Macao (sujeto al principio de reciprocidad).