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La medida que fue tomada en las últimas horas le da de baja al reclamo que hizo el SUTE, durante marzo del 2016, ante la controversia de la medida que tomó el gobierno de Alfredo Cornejo. El fallo fue publicado en la medianoche del marte 8 de mayo, luego de casi dos años desde que el Sindicato Unido de Trabajadores de la Educación (denominado SUTE) reclamara que, según su criterio, las normas que promovieron desde el Gobierno provincial fuesen "inconstitucionales".

La decisión del Tribunal se tomó en “plenario”, debido al pedido que en diciembre pasado hizo el gobernador de Mendoza, un hecho que adicionó reclamos tanto del gremio como de sectores de la oposición gubernamental.
El fallo en sí es conciso, ya que consta de apenas tres artículos y se limita a mostrar que el máximo tribunal resuelve: “rechazar la acción de inconstitucionalidad entablada por el SUTE”, además de ordenar la gestión de las costas por las tareas judiciales.

Todo esto quiere decir que denegó la supuesta inconstitucionalidad del decreto, así como de la Ley, porque ésta había sido cuestionada por el voto de desempate que debió hacer el presidente de la Cámara de Diputados, Néstor Parés, cuando se aprobó la norma.

También rechazó la posición del gremio con respecto a que se les vulneró su derecho de huelga, porque luego del ítem aula no pueden realizar huelgas y/o marchas.

Asimismo, le denegó el reclamo al hecho de que el Ejecutivo, en la paritaria 2016, agotó las posibilidades de negociación. Finalmente, Julio Gómez mostró su acompañamiento al voto de Nanclares, aunque también al “voto ampliatorio” de Palermo.

Así como cuando Cornejo pidió el fallo “plenario” como en los últimos días, el SUTE ha mostrado su firme indignación con esta forma de voto de la Corte. En diciembre del año 2017, Sebastián Henríquez, quien es el titular del gremio consideró “un golpe institucional” la maniobra de Cornejo. Y en los últimos días, el gremialista prometió pelear “en la calle” por la baja de la controvertida medida.

Fuente: Redacción.