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La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de Ley, en el cual se modificó el Artículo 23° de la Carta Orgánica de O.S.E.P., para que en su nueva redacción quede en manifiesto que los aportes a la Obra Social no se limitarán o impondrá un tope.

A la iniciativa la impulsaron los ex senadores Claudia Najul (UCR – MC) y Eduardo Giner (UCR – MC), a la que se le acumuló un proyecto en el mismo sentido impulsado por el Daniel Rueda (PJ).

"Los aportes y contribuciones establecidos en los artículos 21 y 24, respectivamente, se calcularán mensualmente, para el personal en actividad, sobre la remuneración bruta de todo tipo (asignación de clase o denominación escalafonaria vigente; todo tipo de adicionales y suplementos, incluido el suplemento por zona y fondos de incentivación, productividad, premio, estímulo o similares, cualquiera sea su denominación; siendo esta enumeración de carácter meramente enunciativa) y sobre el total del haber jubilatorio y/o pensionario; quedando excluidos los importes correspondientes a salario familiar en todos los casos. Para efectuar el cálculo de los aportes y contribuciones con destino a OSEP no se aplicará ningún tipo de tope o límite sobre los haberes del agente.” De esta manera quedó establecida la nueva sanción en los artículos luego de los cambios.

Rueda explico qué “se modificó el artículo 23 de la Carta Orgánica de OSEP que es el decreto ley 4373/63 con el cual se le colocaba un tope, un límite a los aportes de los haberes, que en este caso eran de 117.000 pesos. A partir de ahora, este tope no va a existir, con lo cual todos van a aportar el mismo porcentaje de sus sueldo a la obra social OSEP”.

Fuente: Legislatura de Mendoza.