Foto: LR para 2634 Diario
TAF

A partir de agosto las cuentas como Mercado Pago deberán informar a la Afip por acreditaciones iguales o mayores a $200.000

Desde el 1 de agosto, los montos mínimos para informar a la AFIP sobre las acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, serán obligatorios a partir de los 200.000 pesos. 

De igual manera, los consumos en tarjeta de débito acumulados por mes serán informados cuando superen los 120.000 pesos. Además, los montos a informar sobre transferencias virtuales o bancarias se actualizaron de 200.000 pesos a 400.000 pesos.

Las transacciones por Mercado Pago también serán registradas. Si un usuario excede alguno de estos ítems, la entidad deberá informar no solo esa transacción en particular, sino todas las operaciones realizadas a lo largo del mes. De esta forma, el organismo podrá verificar si los números concuerdan con los ingresos declarados por los contribuyentes.

Para plazos fijos en bancos,  partir de ahora, las operaciones mayores a 200.000 pesos deberán ser informadas, mientras que anteriormente esta cifra era de 90.000 pesos.