TAF

El decreto establece que quedan prohibidas en Mendoza:

1. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

2. Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

3. Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 22 de este decreto.

4. Turismo.

Reuniones familiares

Establece además el DNU la posibilidad de nuevas aperturas si media pedido del gobernador Rodolfo Suarez y la autorización de la Jefatura de Gabinete pero "en ningún caso podrá autorizar la realización de eventos o reuniones sociales o familiares en espacios cerrados o en domicilios particulares".

Con la publicación del decreto quedan "sin efecto todas las excepciones otorgadas con anterioridad que autorizaban la realización de eventos o reuniones sociales o familiares".